19.12.21

El Congreso de los Diputados aprueba definitivamente la Ley del Ingreso Mínimo Vital

En el trámite parlamentario se han introducido importantes mejoras, como el complemento de ayuda a la infancia o la compensación para los hogares con discapacidad. La prestación llega a 824.000 personas, 300.000 de las cuales son menores.
 
El Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente esta semana la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV). De esta forma, la norma concluye el trámite parlamentario, certificando la seguridad jurídica de la normativa, ya que hasta ahora se regía por el Real Decreto-Ley 20/2020.


En el trámite parlamentario, se han introducido mejoras. Una de ellas es el complemento de ayuda a la infancia, que llegará a los beneficiarios de la prestación con menores a cargo, pero también a otras familias de rentas bajas, ya que se elevarán los umbrales de renta garantizada y patrimonio establecidos para cada tipología de hogar.

En concreto, este complemento será de 100 euros por hogar al mes en el caso de niños de 0 a 3 años; de 70 euros al mes por cada niño entre 3 y 6 años; y de 50 euros al mes por cada menor de entre 6 y 18 años y lo recibirán los hogares que cumplan dos requisitos: aquellos que no superen el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar y que no superen el 150% del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de hogar. Es decir, lo cobrarán los actuales perceptores del IMV con menores a su cargo y otros hogares de rentas bajas, pero no en pobreza extrema.

Además, se han introducido mejoras para ampliar la cobertura de colectivos especialmente vulnerables, como los jóvenes que han estado bajo la tutela de las entidades públicas. También se han igualado las condiciones de las familias monoparentales con cuatro o más hijos o menores a cargo; las personas con discapacidad (superior al 65%) recibirán un complemento del 22% para la unidad de convivencia y, finalmente, se ha exceptuado del cómputo de rentas las prestaciones que reciben las personas por dependencia y las prestaciones o subsidios por desempleo.


También se facilita el acceso a través de otras medidas, como la reducción del plazo de antigüedad de la unidad de convivencia de 12 a 6 meses para acceder a la prestación. En el caso de los titulares menores de 30 años, se ha rebajado de 3 a 2 años el requisito de acreditación de vida independiente para solicitar la prestación.

Entre las mejoras, se ha convertido en permanente la posibilidad de solicitar la prestación con los ingresos del año en curso y se han elevado los umbrales de renta y patrimonio para estos casos, con el fin de que el IMV sea más sensible a las situaciones de pobreza sobrevenida.

Hasta ahora, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha recibido más de 1,5 millones de solicitudes, de las que casi 1,4 millones son solicitudes válidas. Actualmente, se han tramitado más del 97%. En total, se han aprobado 362.000 prestaciones, con 824.000 beneficiarios. La prestación ha tenido un gran impacto en la reducción de la pobreza infantil, ya que casi el 40% de los beneficiarios son menores.


Hace diez días, el Ministerio de Inclusión puso en marcha el Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital para permitir a las entidades colaboradoras acreditar la idoneidad de potenciales beneficiarios de la prestación. Con esta medida, se permite a las entidades del tercer sector de acción social, las ONG, colaborar en la gestión del IMV, previa inscripción en dicho registro, otra medida con la que el Ministerio pretende ampliar el número de beneficiarios de la prestación.

El Ministerio de Inclusión pone en marcha el registro de mediadores que permitirá al tercer sector acreditar situaciones de vulnerabilidad para el acceso al IMV

Las entidades colaboradoras se sumarán a los servicios sociales locales de muchas ciudades para emitir certificaciones que faciliten el acceso a la prestación. El objetivo es ampliar el alcance de la prestación, agilizando y facilitando el acceso a hogares potencialmente beneficiarios.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha puesto en marcha el Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital, que permitirá a las entidades colaboradoras acreditar la idoneidad de potenciales beneficiarios de la prestación. La orden ministerial que hace efectiva la creación de este registro se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que pueden solicitar su inscripción aquellas entidades que cumplan los requisitos.


Con esta medida se permite a las entidades del tercer sector de acción social, las ONG, colaborar en la gestión del Ingreso Mínimo Vital, previa inscripción en dicho registro. Con ello, el Ministerio de Inclusión pretende ampliar el número de beneficiarios de la prestación.

En primer lugar, las entidades, como ya pueden hacer los servicios sociales de las entidades locales, podrán emitir certificados para la acreditación de circunstancias como el empadronamiento o situaciones de vulnerabilidad especialmente complejas. Con ello, contribuirán a facilitar el acceso a distintos hogares al Ingreso Mínimo Vital. Por ejemplo, podrán acreditar la situación de vulnerabilidad de una familia que resida en una vivienda con otras familias.

De esta forma, la puesta en marcha del Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital contribuirá a llegar a aquellos hogares en situación de vulnerabilidad que son potenciales perceptores. Las entidades, desde el día siguiente a la publicación en el BOE de esta norma, podrán solicitar ser mediadoras y si resuelve favorablemente estarán habilitadas para emitir certificados que acrediten circunstancias como el empadronamiento o situaciones de vulnerabilidad especialmente complejas. La acreditación de esas realidades particulares, como el sinhogarismo, requiere la participación de los servicios sociales y de las entidades del tercer sector.


Por tanto, la figura de los mediadores sociales del Ingreso Mínimo Vital constituye un mecanismo de cooperación reforzada en la tramitación de la prestación que se hace necesaria de forma transitoria para agilizar y facilitar a la entidad gestora de la prestación la acreditación de determinados requisitos exigidos para el acceso a la misma.

Requisitos de los mediadores sociales

Para poder inscribirse en el Registro de Mediadores Sociales del Ingreso Mínimo Vital, todas las entidades del tercer sector tendrán que cumplir una serie de requisitos, como carecer de fines lucrativos, hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, disponer de puntos de atención directos a las personas en todas las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, y acreditar la experiencia de, al menos, tres años en el acompañamiento y asistencia a personas en riesgo de exclusión social.

REDACCIÓN / PASIÓN POR MVNDA

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